RG Worldwide. Agosto 7 2020.

DEROGAN EXCEPCIONES PARA ETIQUETADO DE MERCANCÍA

  • CONAMER presentó el anteproyecto que modifica la NOM-051-SCFI/SSA1-2010
  • Hay modificaciones al anexo 2.4.1 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

A partir del 1ro. de octubre del presente, cualquier mercancía que ingrese por las aduanas del país, deberá contener etiquetados con información clara y precisa sobre sus características, naturaleza y contenido, en un idioma que permita tener certeza sobre su uso confiable y con ello evitar riesgos a la salud e integridad física de cualquier ciudadano.

Así lo dio a conocer la Secretaría de Economía (SE) mediante el anteproyecto realizado por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), en el que se establece que ya no se podrán utilizar carta de “no NOM”, para evitar el cumplimiento de dicha norma.

“Resulta adecuado eliminar dichos supuestos de excepción, a fin de que la población mexicana cuente con las herramientas necesarias para identificar la información respecto de las características, naturaleza y contenido de los productos”, señala el documento.

 

Lo anterior, debido a que se detectó que un alto número de operaciones de importación de mercancías sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas (NOM), contaban con múltiples irregularidades, por lo que se determinó generalizar el cumplimiento de las mismas.

Cabe señalar que a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo y hasta el 31 de marzo de 2021, se podrán presentar a despacho aduanero mercancías con adhesivos o calcomanías adheribles sobre la etiqueta de los productos, siempre que estos cumplan exactamente con las disposiciones legales correspondientes.

Fuente: Secretaría de Economía

Publicado por RG WORLD WIDE SA DE CV

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